¿Es obligatorio darse de alta en autónomos si tienes ingresos en internet?

ezkielnet

Cobre
Usuario de Bronce
Mensajes
565
Puntuación de reacción
1
Cito el artículo de microsiervos.

¿Es obligatorio darse de alta en autónomos si tienes ingresos en internet? No. O más bien: depende
TL;DR: Si se ingresa menos de 9.000 euros al año, no hay problema. Pero si se trata de los únicos ingresos y son regulares (aunque totalicen menos) entonces también hay que darse de alta como autónomo.

Interesante el análisis detallado que han hecho en Anfix sobre la situación legal en España de quienes, sin ser una empresa, reciben ingresos como consecuencia de su actividad en Internet: bien a través de lo más común que son ingresos publicitarios (ya sean de banners, programas de asociados, pagos por clic, etc) o a través de intermediarios empresa: Google AdSense, redes publicitarias o clientes directos. El resumen sería este:

La legislación establece que una persona debe darse de alta como autónomo en la Seguridad Social si realiza una actividad económica a título lucrativo de manera habitual, personal y directa, sin mediar con el pagador una relación laboral recogida en un contrato de trabajo. Es decir, el punto clave es determinar qué se considera habitual para la administración, puesto que el concepto de personal y directa no ofrece lugar a dudas (…) para determinarlo se toman como referencia los ingresos que nos proporciona.
Una conclusión es

No es necesario darse de alta (…) si la suma de las cantidades obtenidas no supera el salario mínimo interprofesional en cómputo anual: 9.034,20 euros.
Sin embargo puede suceder que

(…) en caso de que para un individuo su única fuente de renta sean los ingresos publicitarios, cobrados de manera constante mes a mes podría recibir un requerimiento de la administración, aunque su importe medio fueran 500 euros. En realidad son distintos factores los que influyen en la obligatoriedad de un alta, todos ellos vinculados al concepto de habitualidad, determinada por la regularidad del cobro y las cuantías percibidas.
Además de esto en algunas personas puede influir la famosa «tarifa plana de autónomos»; también quienes se dan de alta como autónomos han de seguir diversos caminos para aplicar el IVA o no, dependiendo de si el pagador está en la Unión Europa o fuera de ella y otros detalles.

Básicamente viene a decir, que si vives únicamente de Internet debes pagar autónomos pero si solo es un sueldo extra no tienes por que declararlo si no superas los 9.000€ anuales.

El artículo de Anfix es: http://anfix.tv/es-necesario-darse-de-alta-para-cobrar-ingresos-publicitarios-por-internet/
 
Mensajes
165
Puntuación de reacción
0
Cito el artículo de microsiervos.



Básicamente viene a decir, que si vives únicamente de Internet debes pagar autónomos pero si solo es un sueldo extra no tienes por que declararlo si no superas los 9.000€ anuales.

El artículo de Anfix es: ¿Es necesario darse de alta para cobrar ingresos publicitarios por internet? - anfix.tv


Perdona que te corrija compañero.

<<Básicamente viene a decir, que si vives únicamente de Internet debes pagar autónomos pero si solo es un sueldo extra no tienes por que cotizar en la Seguridad Social si no superas los 9.000€ anuales.>>

Esa puntualización de la ley no te exime de declarar. De estar dado de alta en la Seguridad Social, depende cómo la interpretemos sí.. jeje
 

ezkielnet

Cobre
Usuario de Bronce
Mensajes
565
Puntuación de reacción
1
Perdona que te corrija compañero.

<<Básicamente viene a decir, que si vives únicamente de Internet debes pagar autónomos pero si solo es un sueldo extra no tienes por que cotizar en la Seguridad Social si no superas los 9.000€ anuales.>>

Esa puntualización de la ley no te exime de declarar. De estar dado de alta en la Seguridad Social, depende cómo la interpretemos sí.. jeje

Gracias por la aclaración :D ¿Puedes explicar la diferencia entre cotizar y declarar?
 
Mensajes
165
Puntuación de reacción
0
@ezkielnet Con cotizar me refiero a la Seguridad Social y con declarar me refiero a la Agencia Tributaria. Muchas veces se nos puede eximir de la Seguridad Social pero no de la Agencia Tributaria.

Por ejemplo, una actividad económica como puede que tengamos una casa alquilada a alguien, no requiere que nos demos de alta en la Seguridad Social, pero sí requiere que lo declaremos a hacienda.
 
Mensajes
364
Puntuación de reacción
4
Buenos aportes, gracias por aclarar todo esto de la cotización hacienda ssocial, etc.
 

tidon

Piedra
Usuario de Piedra
Mensajes
38
Puntuación de reacción
0
Para aclarar un poco el tema, siempre es recomendable darse de alta si vas a tener una empresa de futuro, Hacienda no se basa en un computo solo anual sino también en un calculo mensual, por lo general puede dejar pasar si tus ingresos están por debajo del SMI ( aunque la Seg Social puede perfectamente entrar al trapo en cualquier momento)
Por lo general como excedas un solo mes del SMI la seguridad social te requerirá todas las cuotas de autónomo de todo el año mas la multa pertinente.
 
Última edición:
Mensajes
168
Puntuación de reacción
0
Legalmente tienes que declarar desde el primer centimo, otra cosa es que exista la regla "no escrita" de que no suelen investigar, mirar, cotejar.... datos hasta los 3000 euros/año.
 
Mensajes
18
Puntuación de reacción
0
Te recomiendo que con el dinero que ganes en internet, construyas una forma de generar ingresos de la manera tradicional, osea un negocio fisico, no sabes cuando deja de existir internet y te quedas sin nada!
 
Mensajes
351
Puntuación de reacción
0
Que les digan a los políticos que nos han robado en España por todos lados que tenían que declarar desde el primer céntimo... :mad:

Si no quieres empezar pagando porque al principio tendrás pocos ingresos deberías calcular lo que te cuesta pagar a Hacienda, más un recargo del 20% de multa y lo apartas por si te pillan, tengo entendido que sólo revisan hasta 5 años atrás, así que se trata de tener paciencia e ir dejando pasar el tiempo. Un 20% de recargo a cambio de años sin pagar nada... sópesalo...

Saludos :)
 
Mensajes
116
Puntuación de reacción
0
Ante todo esto es en España. Una persona puede tener 3000 € anuales sin tributar. En caso de ingresar más de esa cifra anualmente tendrá que presentar el IRPF, IVA y la declaración de la renta, todo esto es sí realiza una actividad esporádica, una actividad no habitual. Ejemplo: mi vecino me dice que le pinte la casa y me paga por ello. Es una actividad no habitual, a menos que seas pintor.
En caso de realizar una actividad continua, tendrá que darse de alta como autónomo lo cual supondrá darse de alta en la S.Social. De manera que tendrá pagar la Ssocial. Ejemplo: Le ofrece un trabajo de pintar una casa a un pintor. Al ser una actividad habitual, se tiene que dar de alta como autónomo.

Lo que intento decir, es que si es una actividad habitual sí tendrás que dar de alta como autónomo.
Pero extraoficialmente, si tus ingresos son menores no es recomendable.
Ya que supone los siguientes costes:

264€(si eres joven hasta 30 años pagas 183) de Seguridad social + El IVA(depende de tus ingresos) +21% de tus ingresos totales sin iva por IRPF + más los costes para tu contable suele ser 50-60€ aprox.

Espero haberte ayudado y dale a me gusta
 
Última edición:

gruporedactoras

Piedra
Usuario de Piedra
Mensajes
39
Puntuación de reacción
0
Yo tenía entendido que hasta los 13.000 podías estar escondido, pero veo que no jaja
 

aitor72

Cobre
Usuario de Bronce
Mensajes
397
Puntuación de reacción
0
Ante todo esto es en España. Una persona puede tener 3000 € anuales sin tributar. En caso de ingresar más de esa cifra anualmente tendrá que presentar el IRPF, IVA y la declaración de la renta, todo esto es sí realiza una actividad esporádica, una actividad no habitual. Ejemplo: mi vecino me dice que le pinte la casa y me paga por ello. Es una actividad no habitual, a menos que seas pintor.
En caso de realizar una actividad continua, tendrá que darse de alta como autónomo lo cual supondrá darse de alta en la S.Social. De manera que tendrá pagar la Ssocial. Ejemplo: Le ofrece un trabajo de pintar una casa a un pintor. Al ser una actividad habitual, se tiene que dar de alta como autónomo.

Lo que intento decir, es que si es una actividad habitual sí tendrás que dar de alta como autónomo.
Pero extraoficialmente, si tus ingresos son menores no es recomendable.
Ya que supone los siguientes costes:

264€(si eres joven hasta 30 años pagas 183) de Seguridad social + El IVA(depende de tus ingresos) +21% de tus ingresos totales sin iva por IRPF + más los costes para tu contable suele ser 50-60€ aprox.

Espero haberte ayudado y dale a me gusta
Mil gracias, me ha servido a mi
 
Mensajes
116
Puntuación de reacción
0
Yo tenía entendido que hasta los 13.000 podías estar escondido, pero veo que no jaja

Que va, solo 3000 anuales. Ojala fuese 13000. Desde mi humilde opinión, pienso que son demasiados costes para un pequeño empresario que acaba de empezar con su negocio.
En fin, ya sabes que la legislación de nuestro país (España) consiste en que los pobres pagan más y los ricos pagan menos impuestos.
Es como Robin Hood pero al revés, "roban a los pobres para darselo a los ricos".

Si no me equivoco en UK, la legislación es que si no llegas hasta una cifra anual de ingresos, no es necesario pagar esos impuestos. Esta medida permitirá potenciar el negocio a los pequeños empresarios que acaban de empezar.
 
Mensajes
56
Puntuación de reacción
0
La verdad es que es un tema muy interesante y fijense que se puede ver claramente el efecto Robin Hood como ha dicho el compañero!!

Un Saludo
 
Arriba